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Foto del escritorY. Morejon.

Diferencias entre el perdón del I601 y I601a.

Actualizado: 3 ago 2023

El sistema de inmigración de los Estados Unidos puede ser complicado y desafiante para las personas que buscan ingresar al país o ajustar su estatus. Para aquellos que han sido considerados inadmisibles debido a violaciones anteriores odebido a su presencia ilegal en el país, las exenciones o perdonesdel I601 e I601a brindan un camino para superar esos motivos de inadmisibilidad. Sin embargo, es importante entender las diferencias entre las dos exenciones para determinar cuál puede ser apropiada para su caso. En el blog de hoy vamos a explicar las diferencias entre los perdones del I601 y del I601a.


La exención I601, también conocida como exención de motivos de inadmisibilidad, está diseñada para personas que han sido consideradas inadmisibles en los Estados Unidos debido a motivos específicos, como fraude de inmigración, condenas penales o problemas de salud. Para ser elegible para la exención I601, el solicitante debe demostrar dificultades extremas para un pariente calificado, como un cónyuge o padre que sea ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal.


Por el contrario, la exención I601a, también conocida como exención provisional por presencia ilegal, está diseñada para personas que han acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos y buscan un ajuste de estatus para convertirse en residentes permanentes legales. La presencia ilegal se refiere al período de tiempo que una persona permanece en los Estados Unidos sin autorización legal. Si una persona acumula más de 180 días de presencia ilegal y luego sale de los Estados Unidos, puede enfrentar una prohibición de entrada al país de tres años para volver a ingresar al país. Si acumulan más de un año de presencia ilegal, pueden enfrentar una prohibición de diez años.


Para ser elegible para la exención I601a, el solicitante debe demostrar que su cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal experimentaría dificultades extremas si no se le permitiera regresar a los Estados Unidos. A diferencia de la exención I601, el solicitante no necesita demostrar dificultades extremas para sí mismo, solo para su pariente calificado.


Otra diferencia significativa entre las exenciones I601 e I601a es el momento del proceso de solicitud. Con la exención I601, el solicitante primero debe salir de los Estados Unidos y solicitar la exención en un consulado de los EE. UU. en su país de origen. Esto significa que el solicitante debe esperar fuera de los Estados Unidos la decisión de la exención, lo que puede demorar varios meses o más. Esto puede ser particularmente difícil para las personas que han estado viviendo en los Estados Unidos durante un período prolongado y han establecido lazos familiares y comunitarios.


Por otro lado, con la exención I601a, el solicitante puede permanecer en los Estados Unidos mientras la solicitud de exención está pendiente. Esto significa que el solicitante puede continuar trabajando, asistir a la escuela y mantener sus lazos familiares y comunitarios mientras espera una decisión. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el solicitante primero debe estar físicamente presente en los Estados Unidos y tener una solicitud de visa de inmigrante pendiente antes de poder solicitar la exención I601a.


El proceso de solicitud para ambas exenciones puede ser complejo y requiere una gran cantidad de documentación y evidencia para respaldar el reclamo por dificultades económicas. El solicitante de la exención debe presentar información detallada sobre sus dificultades financieras, médicas y emocionales, así como evidencia de los vínculos de su pariente calificado con los Estados Unidos. Es posible que el solicitante de la exención también deba proporcionar documentación de su propia rehabilitación o buen carácter moral, especialmente si busca una exención debido a condenas penales o fraude migratorio.


Si necesita ayuda con su solicitud de perdón o waiver de inmigración, no dude en contactarnos. En Y. Morejon Attorney, P.A. trabajamos casos de inmigración y podemos ayudarle con el suyo. Recuerde que aquí, su problema, es nuestro problema.



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