Una de las principales preocupaciones de mis clientes a la hora de presentar una bancarrota es lo que va a suceder con su casa. La pregunta más recurrente durante la primera consulta es: ¿perderé mi propiedad si presento un proceso de bancarrota? En el blog de hoy vamos a estar dando respuesta a esta pregunta. Las explicaciones que daremos a continuación constituyen la ley actual del estado de la Florida, si usted es residente de otro estado, comuníquese con un abogado autorizado para ejercer en su estado de residencia, pues las leyes pudieran ser diferentes. ¿En qué consiste la protección de la excepción del Homestead? El Homestead exemption o excepción del Homestead le permite al deudor que presenta su bancarrota, proteger su residencia principal (Homestead) de ser afectada por los acreedores no seguros. Es de señalar que esta protección no es aplicable para el acreedor que es dueño de la hipoteca. Esto quiere decir, que durante la presentación de su bancarrota su residencia principal no se verá afectada, siempre y cuando usted cumpla con los requisitos que describiremos a continuación. En primer lugar, es necesario destacar que para poder ser beneficiario de las leyes del Homestead de la Florida, la persona que presenta la bancarrota debe haber residido en el estado en los 180 días anteriores a la presentación del proceso. Si este no es el caso, la ley aplicable a su proceso será del estado donde usted haya residido en esos últimos seis meses. ¿Cuáles son los requisitos de la excepción del Homestead? La excepción del Homestead en la Florida es ilimitada, siempre y cuando usted haya residido en la vivienda los últimos cuarenta (40) meses, esta sea su residencia principal, y la vivienda sea menor que la mitad de un acre si está localizada en una municipalidad; o menor de 160 acres si está localizada en otro lugar. Esto quiere decir, que su casa quedará protegida y no será tomada en cuenta a la hora de satisfacer las deudas a sus acreedores. Si por alguna razón, usted no cumple con los requisitos de la residencia en los últimos cuarenta (40) meses, la excepción del Homestead será tan solo de $160,375. Si es una pareja casada la que aplica a la bancarrota, y no cumplen con los requisitos del tiempo de residencia, pues este valor pudiera verse duplicado, pues se aplicará la excepción para cada uno de los deudores. Entender cómo proteger su vivienda en un proceso de bancarrota es un asunto delicado y que requiere de conocimiento necesario para hacerlo. En Y. Morejon Attorney, P.A. podemos ayudarte con tu proceso de bancarrota. Déjanos ayudarte a librarte de deudas y comenzar un nuevo futuro financiero, salvaguardando tus intereses. Llámanos ya para agendar la primera consulta gratis. Aquí, tu problema, es nuestro problema.
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