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La Regla de los 90 días.


¿Alguna vez ha escuchado sobre la regla de los 30 días? ¿Y de los 60 días? ¿Incluso, de los 90 días? En el blog de hoy vamos a estar explicando en qué consiste la regla de los 90 días en los procesos migratorios.


De manera simple, la regla de los 90 días establece, que toda aquella persona que ingrese a los Estados Unidos, con una visa de no-inmigrante, y pretenda ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos, ya sea contrayendo matrimonio, o aplicando directamente al ajuste de estatus dentro de los primeros 90 días de su ingreso a los Estados Unidos, pudiera presumirse que falsificó, o mintió, en sus verdaderas intenciones para la obtención de una visa de no inmigrante.


La regla de los 90 días establece que USCIS pudiera presumir que el aplicante a ajuste de estatus en los Estados Unidos mintió, falsificó o tergiversó sus verdaderas intenciones al obtener una visa, ya sea de tipo B, J o el programa del ESTA, si contrae matrimonio, o presenta una solicitud de ajuste de estatus en los primeros 90 días después de su entrada a los Estados Unidos.


Esta regla tiene la intención de desalentar a las personas a que utilicen sus visas de turismo, o de estudios para ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos. La palabra clave de esta regla es presunción. Las personas que ingresan a los Estados Unidos con cualquier tipo de visa tienen derecho a cambiar de opinión, una vez dentro de los Estados Unidos.


Esta regla es aplicable a todas aquellas personas con visas de no inmigrante, pero nuevamente es de reiterar que sólo establece una presunción, que pudiera ser rebatida por el poseedor de la visa, a través de cualquier prueba que este pudiera presentar.


Si necesita ayuda con su proceso de inmigración, no dude en llamarnos. En Y. Morejon Attorney, P.A. podemos ayudarle. Nuestro bufete trabaja las áreas de inmigración, familia, civil general y probate. La primera consulta es gratis. Llámenos hoy y agende su cita. En Y. Morejon Attorney, P.A., su problema, es nuestro problema.


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